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Paraísos fiscales, sociedades offshore y  las ZEE | por Isaías Márquez

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Isaías Márquez

Aunque el término offshore aplica a una denotación y/o connotación muy específica, relacionada con actividades petroleras de exploración y producción costa afuera, tal y como es el caso de Guyana en aguas de la “Zona en Reclamación”, también se ha convenido en acuñarlo para denominar a aquellas empresas o personas jurídicas que por razones tributarias desean establecerse o domiciliar sus actividades en contraposición a las leyes típicas de una nación o Estado, donde las “leyes de alcance nacional” quedarían anuladas –sin alcance extraterritorial- dentro de una zona económica especial (ZEE) con tendencia a paraíso fiscal, que podríamos conceptualizar como una jurisdicción o territorio, bien sea un país, estado, municipio o zona económica,-aguantadero institucionalizado- por donde cualesquiera personas podrían efectuar transacciones monetarias con la virtud de que las tasas gravables sean muy bajas y hasta exentas (tratamiento tributario favorable. No existen impuestos de sociedades, sobre ganancias de capital, nóminas ni deducciones sobre la venta de bienes y servicios o manejo de cuentas bancarias offshore y corporativas.

Por el establecimiento de una ZEE en el estado Nueva Esparta, conectada al exterior mediante el Aeropuerto Internacional del Caribe general en jefe Santiago Mariño, el de la isla de Coche y el puerto internacional del Guamache, en Punta de Piedras, hay probabilidades obvias de que dicha entidad fuese, además, un centro financiero offshore, focalizado en Porlamar, lo que conlleva quizá, la nulidad de cobro del Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras (IGTF) e incluso, exenciones de otros tributos, por la filosofía de esa figura.

Una de las expectativas estriba en que la banca del municipio Mariño podría efectuar préstamos en USD, operación que no puede hacerse por otras regiones del país. La transformación de la Isla de Margarita en un Centro Financiero offshore sería posible mediante un ajuste legal y tributario, pues las ZEE tienen  su normativa, unas ciertas ventajas para el pago de impuestos y fluidez para el registro de empresas. En el caso específico de la entidad en referencia, el decreto abarca unos once municipios; incluso, al de la isla  de Coche, número 4884 de fecha 29/11/2023, publicado en GO extraordinaria número 6769.

Así, tenemos en el Caribe que los principales paraísos fiscales son territorios británicos de ultramar: Trinidad, Montserrat, o algunas excolonias británicas, luego de independizarse, como las Bahamas; todas, en la lista negra de paraísos fiscales de la UE, incluidas Antigua y Barbuda. De ahí la aerolínea BWIA, siglas en inglés, fundada en 1939. Asimismo una buena parte de  las islas del Caribe Oriental, lo cual conforma a Latinoamérica como la región mundial con mayor riqueza privada “offshore”, cuya cercanía a diversos países u otras dependencias insulares caribeñas facilita la llegada de esos capitales o riquezas; algunos, habidos furtivamente (narcotráfico, peculado y otros), casi todos evadidos de instituciones fiscales nacionales de muy poca fuerza supervisora y coercitiva. Según OCDE, Latinoamérica dejó de percibir impuestos durante 2017 calculados en alrededor de unos  USD 335 mil millones; equivalente a un 6,3 por ciento de su PIB.

Quedamos a la expectativa por el desarrollo y evolución de las ZEE recién creadas.