Familiares de los sindicalistas de Sidor Daniel Romero y Leonardo Azocar, que se mantienen en el Centro de Procesados y Penados de Anexos femeninos del área metropolitana de Caracas, afirmaron que no se les ha permitido aún ver a los detenidos, en clara violacion al artículo 44 de la Constitución de la república Bolivariana de Venezuela.
Así lo dio a conocer el abogado defensor de los dirigentes sindicales procesados, Eduardo Torres quien adelantó que remitieron un comunicado al alto comisionado de los Derechos Humanos de la ONU, a la Misión de Determinación de los Hechos para Venezuela y a la oficina de atención a las víctimas de la Corte Penal Internacional.
En ese sentido el profesional del derecho informó que el director del mencionado centro penitenciario, en clara violacion al artículo 44 de la Carta Magna, manifestó a familiares de Romero y Azocar que no podrán verlos hasta tanto cumplan un periodo de adaptación psicológica que puede llegar hasta los 40 días.
«Nuestra Constitución es clara en su artículo 44 numeral 2 Toda persona detenida tiene derecho a comunicarse de inmediato con sus familiares, abogado o abogada, o persona de su confianza; y éstos o éstas, a su vez, tienen el derecho a ser informados o informadas sobre el lugar donde se encuentra la persona detenida; a ser notificados o notificadas inmediatamente de los motivos de la detención y a que dejen constancia escrita en el expediente sobre el estado físico y psíquico de la persona detenida, ya sea por sí mismos o por sí mismas, o con el auxilio de especialistas».
El abogado defensor expresó que no sólo ha sido una detención arbitraria, es decir una especie de secuestro por parte de los organismos del Estado, sino que se ha violentado todo el debido proceso, en clara violacion a las leyes nacionales y a los Derechos Humanos de Romero y Azocar.