La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) estableció este viernes 13 de agosto que la reelección presidencial indefinida, en cualquier país del mundo, no es un derecho humano.
“La reelección presidencial indefinida no constituye un derecho autónomo protegido por la Convención Americana ni por el corpus iuris del derecho internacional de los derechos humanos”, , se lee en el documento oficial publicado este viernes sobre una Opinión Consultiva planteada por el Gobierno de Colombia, en octubre de 2019, bajo el título de “La figura de la reelección presidencial indefinida en el contexto del Sistema Interamericano de Derechos Humanos”.
El Tribunal destacó que, si bien las democracias implican que los gobernantes son electos por la mayoría, “uno de los objetivos principales de la misma debe ser el respeto de los derechos de las minorías, el cual se garantiza mediante la protección del Estado de Derecho y de los derechos humanos”.
El fallo también señala que “la prohibición de la reelección indefinida es compatible con la Convención Americana sobre Derechos Humanos, la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, y la Carta Democrática Interamericana”.
Y añade que “la habilitación de la reelección presidencial indefinida es contraria a los principios de una democracia representativa y, por ende, a las obligaciones establecidas en la Convención Americana sobre Derechos Humanos y la Declaración de los Derechos y Deberes del Hombre”.
Concluyen, además, que “obstaculiza que otras fuerzas políticas distintas a la persona a cargo de la Presidencia puedan ganar el apoyo popular y ser electas, afecta la separación de poderes y, en general, debilita el funcionamiento de la democracia”.
Datos
La CIDH emitió el dictamen ante la solicitud formulada en el periodo 142 de sesiones.
El 21 de octubre de 2019 en el marco del artículo 64 (1) de la Convención Americana de Derechos Humanos, Colombia presentó una solicitud de opinión consultiva ante la Corte IDH relativa a la “reelección indefinida”.
La solicitud de Colombia se realizó después de que el presidente Iván Duque, con anterioridad, ya expresó su intención de elevar esta consulta, porque considera que esa interpretación de que la reelección indefinida es un derecho lleva a las “dictocracias”.
Esta figura fue a la que el expresidente de Bolivia, Evo Morales, apeló para postularse a su tercera reelección en octubre de 2019, evento que sumado a una denuncia de fraude electoral desencadenó masivas protestas y la posterior renuncia de Morales al cargo
En Bolivia, el Tribunal Constitucional Plurinacional interpretó en la sentencia 0084/2017 que la reelección indefinida es un derecho de las autoridades. Con su fallo avaló la repostulación para un cuarto mandato de Evo Morales y Álvaro García Linera.
Sin embargo, el Gobierno nacional ya anticipó que la decisión de la Corte no es retroactiva y que se la tomará en cuenta para lo posterior.
Con información de Efecto Cocuyo