“Las prestaciones sociales de los trabajadores venezolanos las desapareció el socialismo del siglo XXI”, esa es la expresión del Comisionado Laboral de Vente Venezuela en el estado Bolívar, Economista José Luis Alcocer, luego de un análisis jurídico, práctico y conceptual de este beneficio laboral. 

El profesional de la Economía, quien también actúa en los Tribunales de Justicia como Experto Contable para el cálculo de la corrección monetaria y los intereses de mora en el caso de las demandas por diferencias de Prestaciones Sociales explicó que en las dos veces que el régimen ha realizado reconversión monetaria en el país, las mismas se han reducido considerablemente, al punto que, en el segundo semestre de 20018, las prestaciones oscilaban entre bs 4 y 50. 

Recordó el dirigente sindical de SIDOR que el primer antecedente de las actuales prestaciones sociales en Venezuela fue la “indemnización de antigüedad” instituida por la primera Ley del Trabajo dictada el 16 de julio de 1936 (G.O. Nº Ext. del 16-07- 1936), procedente en los casos de terminación de la relación de trabajo en los contratos por tiempo indeterminado, debido al despido injustificado y otras causas ajenas a la voluntad del trabajador. En 1947 se reforma nuevamente la Ley (G.O. Nº Ext. 200 de 3-11-1947), instituyéndose una nueva indemnización, el auxilio de cesantía, procedente en los mismos supuestos de la indemnización de antigüedad. Luego mediante Decreto Nº 124 del 31 de mayo de 1974 (G.O. Nº Ext. 1656 de 4-06-1974), fue nuevamente reformada la Ley para consagrar ambas prestaciones como un derecho del trabajador, adquirido por el solo transcurso del tiempo e independientemente de la causa de terminación de la relación de trabajo.  

Prosiguió Alcocer, “El famoso doblete del que tanto se vanaglorió Chávez fue promulgado el 8 de agosto de 1974 (G.O. Nº Ext. 30.468) como la Ley contra Despidos Injustificados que instituyó una indemnización por despido injustificado de monto igual al que correspondiera al trabajador por ambas indemnizaciones, antigüedad y auxilio de cesantía”. 

“Además”, Dijo Alcocer, “con la Ley Orgánica del Trabajo (LOT) (G.O. Nº Ext. 4.240 de 20-12-1990), se establece la retroactividad”. En su explicación detallada el Economista José Luis Alcocer expone que el 17 de marzo de 1997 se logra la firma del Acuerdo Tripartito sobre Seguridad Social Integral y Política Salarial (ATSSI), eliminando la retroactividad y estableciendo un nuevo cálculo. Con la asunción de Chávez al poder prometió la devolución de la retroactividad y es en el año 2012 que promulga una nueva Ley donde devuelve la retroactividad, pero deja la establecida en 1997, para que se hagan ambos cálculos y se escoja el más favorable al trabajador. 

José Luis Alcocer, dirigente sindical en SIDOR, resalta la importancia de este recuento, porque a pocos días de la aplicación del nuevo cono monetario las prestaciones sociales van a quedar hechas polvo cósmico, reafirmando que “El socialismo del siglo XXI ha sido quien más les ha hecho daño a los trabajadores venezolanos”.   

Con información de nota de prensa