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CNE debe convocar a elecciones para reemplazar a alcaldes detenidos por narcotráfico y corrupción

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El vicepresidente del CNE, el rector Enrique Márquez, aseguró que siguiendo lo establecido en la Ley Orgánica del Poder Público Municipal, el órgano comicial debería convocar a elecciones en los próximos 30 días, aunque aclaró que por los momentos no se está trabajando en esto.

Héctor Antolínez @hectorantolinez

Caracas. Luego de que el gobierno de Nicolás Maduro iniciara el plan Mano de Hierro, el cual busca castigar hechos de corrupción dentro del Estado, al menos dos alcaldes (ambos del chavismo) han sido detenidos por vínculos con actividades ilegales. Con respecto a esto, el vicepresidente del Consejo Nacional Electoral (CNE), Enrique Márquez, expresó que lo que corresponde es realizar nuevas elecciones para las entidades que estas personas gobernaban.

Específicamente los funcionarios detenidos fueron Keyrineth Fernández (alcaldesa del municipio Jesús María Semprún del estado Zulia), y Carlos Vidal (alcalde del municipio Independencia del estado Anzoátegui), la primera por transportar panelas de cocaína, y el segundo, por estar involucrado con una trama para el tráfico de combustible.

A diferencia de los casos de Taína González (diputada principal del PSUV por Zulia) y Luis Viloria (diputado suplente Primero Venezuela por Táchira), que cuentan con reemplazos (Javier Briceño del PSUV en el caso de González) para que asuman sus cargos en caso de falta absoluta, con los alcaldes no ocurre lo mismo.

La Ley Orgánica del Poder Público Municipal establece muy claramente cuál debe ser el proceder en el caso de una ausencia de un alcalde, esto en su artículo 87 el cual plantea varios escenarios, uno de ellos el de la detención judicial en el que señala:

“Cuando la falta del alcalde o alcaldesa se deba a detención judicial, la suplencia la ejercerá el funcionario designado por el Concejo Municipal, dentro del alto nivel de dirección ejecutiva”.

De igual forma, el artículo 87 establece que una vez que el Concejo Municipal determine que existe una falta absoluta, como bien podrían ser los casos de Keyrineth Fernández y Carlos Vidal, dado que estas ausencias están ocurriendo antes de la mitad del período legal de mandato, se debe convocar a una nueva elección en una fecha establecida por el “organismo electoral competente” (CNE).

En una entrevista para el programa Gladys en Éxitos de la emisora Circuito Éxitos, el vicepresidente del CNE, el rector Enrique Márquez, dijo que “la ley es clara” y que en efecto existe una ausencia absoluta por la que “la única forma de suplir esta ausencia es a través de nuevas elecciones”.

Márquez dijo que hasta los momentos el CNE no se encuentra trabajando para organizar estas nuevas elecciones, pero cree que pronto se iniciará esta labor y que no debería durar más de 30 días el poder llevarlas a cabo.

Los comicios para las alcaldías de Jesús María Semprún en el estado Zulia y el municipio Independencia del estado Anzoátegui, serán los segundos que deba organizar el CNE de manera extraordinaria, esto luego que el TSJ ordenara repetir la elección para la gobernación del estado Barinas el pasado 9 de enero.

Crónica Uno