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En Caroní van sí ó sí contra población y empresas: Comisión Técnica Empresarial considera «inconstitucional e ilegal» reforma de la Ordenanza por el servicio de aseo urbano

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La instancia rechazó la aprobación que, en una primera discusión, hizo el Concejo Municipal de Caroní

(Prensa Comisión Técnica Empresarial).- La Comisión Técnica Empresarial, integrada por los presidentes de las distintas cámaras que hacen vida en el municipio Caroní y Angostura del Orinoco del estado Bolívar, rechazó la nueva Reforma de la Ordenanza en materia de gestión de la basura que propuso la autoridad local ante el Concejo Municipal, considerando que ésta «pretende mantener el sistema» que desde el 2022 ha causado estragos en la economía de la localidad.

Para la instancia este nuevo proyecto va en contra de lo dispuesto en la Ley Orgánica de Coordinación y Armonización de las Potestades Tributarias de los Estados y Municipios (Locaptem), por ende, lo consideran «inconstitucional e ilegal».

Empresarios citaron que los artículos 47, 48 y 49 de la Locaptem establece que el cobro por el servicio de aseo urbano debe realizarse mediante una tasa que se establecerá sobre la base de los costos reales de servicio y en función de la cantidad de suscriptores servidos, así como la capacidad de generación del sujeto además del tipo, características, volumen o masa de los residuos y desechos.

Asimismo, dicha ley especial dispone que a los efectos de establecer las tasas, se deberá garantizar la proporcionalidad entre el costo del servicio público prestado y el beneficio recibido por el contribuyente.

Sin embargo, aseveraron que en el nuevo proyecto de reforma que propuso la Alcaldía de Caroní, insisten en denominarlo como «tarifa o precio», por lo que enfatizaron que se trata de una maniobra para continuar justificando que el servicio de aseo sea manejado por una empresa privada, además de obligar a los ciudadanos y a las empresas en general a pagar una tarifa definida que no cumple con las disposiciones previstas en la Ley de Gestión Integral de la Basura, la Ley del Poder Público Municipal y la Locaptem.

«Resulta incomprensible que desde la máxima autoridad administrativa del municipio, se pretenda desconocer el mandato que desde la Asamblea Nacional se dió a través de la Locaptem para reestablecer el orden jurídico violentado antes de su promulgación, en el caso del municipio Caroní, que a partir de la reforma de ordenanza de la gestión de la basura del año 2022 se había instaurado un régimen tarifario de espalda a la legalidad y a la Constitución que sólo parece haber favorecido a la empresa beneficiaria de la privatización del servicio público», sostuvieron.

En ese sentido, ratificaron que la Locaptem cita que es nulo e ineficaz el cobro de cantidades exigidas por los estados y municipios bajo distintos conceptos, tomando en cuenta lo establecido bajo la denominación de aportes, aranceles, contraprestación y sus similares.

Rechazan la aprobación del Concejo Municipal de Caroní

De igual manera, la Comisión Técnica Empresarial rechazó, la aprobación que, en una primera discusión, hicieron los concejales del municipio Caroní a la propuesta presentada por el burgomaestre local, señalando que el artículo 75 de dicha reforma expone sobre una sanción que excede el Código Orgánico Tributario (COT); aún cuando la Locaptem y la Loppm establecen que las multas no deberán extralimitar el código.

«Quienes elaboraron este proyecto de reforma de la ordenanza no tienen intención de someterse a la ley. Aspecto que los concejales del municipio debieron haber advertido en cumplimiento de sus funciones legislativas», sentenciaron.

La instancia técnica espera que, de no ser así, los concejales rectifiquen y asuman su papel garante de la legalidad para desestimar el proyecto que se les presentó.

«En lo que respecta a la rectificación que exige la Locaptem a los legisladores respecto a los tributos regidos por dicha ley armonizadora, es necesario que se atienda a lo establecido en si artículo 8 que dicta que las ordenanzas que crean tributos deberán definir el hecho imponible, fijar la alícuota, la base de cálculo e indicar los sujetos pasivos del tributo», añadieron.

Desde la Comisión Técnica Empresarial instan a que se restituya la legalidad vulnerada, de lo contrario se verán obligados a optar por la vía jurídica para garantizar el cumplimiento de ley en la formulación de las ordenanzas en el municipio.