La Audiencia Nacional española confirmó la extradición de la extesorera nacional de Venezuela Claudia Patricia Díaz Guillén a Estados Unidos, que la reclamaba por blanqueo de capitales y organización criminal por favorecer al empresario Raúl Gorrín en una trama de cambio de moneda extranjera
La Audiencia Nacional española confirmó este viernes 26 de noviembre la extradición de la exjefa del Tesoro de Venezuela y enfermera de Chávez, Claudia Patricia Díaz Guillén, a Estados Unidos.
EEUU reclamaba a Guillén por delitos que en ese país están tipificados como asociación delictiva para cometer lavado de dinero y dos delitos de lavado de instrumentos monetarios.
Los magistrados de España, en un auto conocido este viernes, desestimaron el recurso de súplica que presentó Díaz Guillén en octubre pasado contra su entrega.
El tribunal afirmó que los hechos que atribuye la justicia norteamericana a la reclamada tienen un equivalente en España, por lo tanto, cumple el requisito para la extradición.
¿Qué hizo Guillén?
De acuerdo con la reclamación del Tribunal Federal de Distrito Sur de Florida (EEUU), desde 2008 a 2017 Gorrín Belisario, junto a Díaz Guillén y su marido Adrián Velásquez Figueroa participaron con otros en un “estratagema corrupta” en relación al cambio de moneda extranjera efectuado por el gobierno venezolano a cambio de sobornos.
Guillén es conocida como la enfermera del fallecido presidente venezolano Hugo Chávez y su marido, que fue su guardaespaldas, tiene pendiente que la Audiencia Nacional se pronuncie también sobre su extradición por los mismos hechos.
Raúl Gorrín
Entre 2011 y 2013 el empresario hizo pagos por sobornos de al menos 65 millones de dólares a beneficio de la reclamada a través de transferencias de cuentas de Suiza hacia Estados Unidos.
Además de los sobornos, Gorrín también compró y pagó gastos relacionados con aviones privados, yates, mansiones, caballos campeones, relojes y otros objetos de lujo.
En su resolución, los magistrados españoles rechazan los argumentos de la reclamada para oponerse a la extradición, entre ellos que ya está siendo investigada por los mismos hechos en España, así como que el haber obtenido la nacionalidad española en abril de 2021 sería causa para denegar la entrega.
Respecto al primero de los argumentos, los jueces concluyen que no se trata de los mismos hechos por los que se la investiga en este país y, respecto a la nacionalidad española como causa de denegación, así como su arraigo, consideran que no se dan los factores para rechazar la extradición de nacionales, como son la ponderación sobre la gravedad y la vinculación o arraigo en el país.