Las declaraciones de los legisladores Héctor Barrios y José Marquez diputados del CLEB fueron emitidas en el marco de una entrevista radial que se realizó en la mañana de ayer en una radio local
Ambos legisladores con copias en las manos, de lo aprobado en el Concejo Municipal de Caroní en primera discusión, señalan que dicha ordenanza adolece de más de una docena de elementos de forma y fondo lo cuales la califican de Inconstitucional, violatoria de leyes y ordenanzas que afectaría negativamente la normal vida comercial y vecinal de esa importante urbe del estado Bolívar. *La Ley de Armonización Tributaria* es violada frontalmente y eso la convierte en nula de toda nulidad.
Tanto Barrios como Márquez fueron testigos de las situaciones anómalas que contra comerciantes, vecinos y empresarios se ejecutaron a principios de año cuando acudieron a diferentes instancias para solicitar justicia con los atropellos de la empresa FOSPUCA contra los contribuyentes. La violencia contra gremios, vecinos y comerciantes en la alcaldía de Caroní, el pasado mes de marzo no debe repetirse.
“Las anomalías fueron recogidas en sendas actuaciones ante los organismos de justicia y el propio órgano legislativo municipal, para revertir lo que consideraban un abuso legal con la aplicación de tarifas exorbitantes y la forma coactiva en que la alcaldía y la propia empresa ejercieron contra los ciudadanos” dijo el diputado José Márquez
Por su parte el diputado Barrios considera que la ordenanza aprobada en primera discusión presenta graves transferencias de competencias constitucionales desde la alcaldía a la empresa que presta el servicio de recolección de desechos sólidos y manejo del relleno sanitario, dejando desamparados a los contribuyentes cuyas opciones han sido cerrar, enfrentar multas y embargos por parte de la empresa FOSPUCA.
Esta ordenanza, concluyen los legisladores, deben enmendar los errores y vicios legales del otorgamiento de una concesión de servicio por parte de la alcaldía de Caroní a una empresa de servicio y restablecer la paz y la armonía en este municipio.
Para finalizar, Márquez y Barrios coinciden que los daños y perjuicios causados por una legislación fallida por violación de leyes orgánicas y ordenanzas, acarrean penalidades administrativas y penales personalísimas para los responsables de emitir leyes que adolezcan de nulidad absoluta. *Esta ordenanza aprobada en primera discusión, despacha de un plumazo la Ley de Armonización Tributaria* vigente y eso es grave.