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AN chavista convoca a candidatos a fiscal, contralor y defensor del pueblo a consignar requisitos  

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Diputado de 2020, Giuseppe Alessandrello, recomendó no dejar trámite para último momento

por Efecto Cocuyo | @efectococuyo

El comité de postulaciones para la renovación del Poder Ciudadano publicó este 15 de octubre, las convocatorias para la selección del fiscal general de la República, contralor general y defensor del pueblo, con miras a la designación de dichos cargos a más tardar en un mes.

En redes sociales y de mensajería, el Parlamento dominado por el chavismo publicó este martes, los llamados por separado. Los requisitos para cada cargo por parte de los interesados deben ser consignados en el Palacio Federal Legislativo, en horario comprendido entre las 9:00 a.m. y las 12 m y de 2:00 p.m. a 4:00 p.m. y serán recibidos hasta el lunes 21 de octubre.

“Este proceso tiene cuatro fases:  convocatoriaevaluación de credencialesimpugnaciones lista de elegibles. Hoy se inició el proceso de convocatoria hasta el lunes 21 de octubre. Exhorto a los venezolanos interesados en ocupar los cargos de fiscal, contralor y defensor que hagan sus postulaciones y no lo dejen para último momento porque a diferencia de otros procesos la ley señala un lapso perentorio de 30 días”, expresó el presidente del Comité de Postulaciones, Giuseppe Alessandrello, al informar a la AN de 2020, en la sesión de este 15 de octubre.

El diputado del Psuv advirtió que los lapsos se han acortado y adecuado a la normativa legal, de manera que en 26 días se pueda consignar la lista de elegibles ante la plenaria del Parlamento y el 5 de noviembre, tomarse la decisión final.

El fiscal general de la República, Tarek William Saab, el defensor del Pueblo, Alfredo Ruiz, designados por la Constituyente de 2017 y el actual contralor general Jhosnel Peraza, podrían ser sustituidos en el cargo o ratificados.

¿Qué se requiere para el cargo de fiscal?

La convocatoria para el cargo de fiscal especifica los requisitos establecidos en los artículos 284 y 263 de la Constitución para magistrados del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) que son los mismos para ser titular del Ministerio Público:

“1. Tener la nacionalidad venezolana por nacimiento, y no poseer otra nacionalidad. 2. Ser ciudadano o ciudadana de reconocida honorabilidad. 3. Ser jurista de reconocida competencia, gozar de buena reputación, haber ejercido la abogacía durante un mínimo de quince años y tener título universitario de postrado en materia jurídica; o haber sido profesor universitario o profesora universitaria en ciencia jurídica durante un mínimo de quince años y tener la categoría de profesor o profesora titular; o ser o haber sido juez o jueza superior en la especialidad correspondiente a la Sala para la cual se postula, con un mínimo de quince años en el ejercicio de la carrera judicial, y reconocido prestigio en el desempeño de sus funciones”.

Además, no ser cónyuge, ni mantener unión estable de hecho, ni vínculo de consanguinidad ni afinidad con los magistrados del TSJ, presidente de la República, vicepresidente ejecutivo, ministro, fiscal general de la República, defensor del pueblo, defensor público, rectores del consejo Nacional Electoral (CNE) y procurador de la República.

Los candidatos deben consignar además ante el Comité de Postulaciones, afiliación al Colegio de Abogados y del Instituto de Previsión Social, declaración de no militancia político partidista, declaración jurada de no poseer otra nacionalidad, constancia si es profesor universitario y antecedentes de servicio si es juez.

¿Qué se requiere para el cargo de contralor?

En la convocatoria para optar por el máximo puesto en la Contraloría General de la República (CGR) se señalan como requisitos los establecidos en los artículos 288 de la Carta Magna y 11 de la Ley Orgánica de la CGR: ser venezolano por nacimiento y sin otra nacionalidad, mayor de 30 años y de estado seglar, mínimo 5 años de graduado con grado de licenciatura o similar y el mismo lapso de experiencia en cargos del sector público que debe haber ejercido con probidad y ser de reconocida honradez y competencia.

Asimismo, declaración de no militancia partidista y de no poseer otra nacionalidad.

¿Qué se requiere para ser defensor del pueblo?

En cuanto al defensor del pueblo, según la convocatoria en atención al artículo 280 constitucional y artículos 19 al 21 de la Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo, también debe ser venezolano por nacimiento y sin otra nacionalidad y mayor de 30 años, “con manifiesta y demostrada competencia en materia de derechos humanos y cumplir con las exigencias de honorabilidad, ética y moral que establezca la ley”.

De igual forma, quien aspire a suceder a Alfredo Ruiz, no puede tener parentesco dentro del cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad, vínculo de matrimonio o de unión estable de hecho con miembros de la AN ni el Comité de Postulaciones, con titulares de órganos del Poder Ciudadano, magistrados del TSJ, rectores del CNE o presidente de la República.

También debe probar que no tiene militancia político partidista ni poseer otra nacionalidad.